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sábado 12 julio 2025
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Qué se puede y qué no se puede hacer desde el lunes

El gobernador Omar Perotti firmó y sacó a la luz del DNU que establece el marco de restricciones por la pandemia desde este lunes 31 de mayo y a lo largo de toda la próxima semana.

Este sábado al mediodía, el gobernador Omar Perotti firmó el decreto provincial y ordenó su publicación. Allí están detalladas las actividades que estarán permitidas y aquellas que seguirán suspendidas a partir de este lunes 31 de mayo, con vigencia hasta el domingo 6 de junio. Vale aclarar que el fin de semana próximo, el del 5 y 6 de junio, vuelve a entrar en vigencia el DNU nacional de confinamiento estricto.

a partir del próximo lunes 31 de mayo y hasta el viernes 4 de junio regirá en todo el territorio provincial el siguiente esquema:

-Circulación: prohibida para los vehículos particulares desde las 18 hasta las 6 de la mañana del día siguiente y solo se podrá circular con una autorización para la actividad laboral habilitada o para casos de fuerza mayor, como por ejemplo acudir al médico para un control o un estudio particular.

Para las actividades habilitadas, se indica concurrir a los lugares de cercanía, evitando el uso de vehículos particulares.

-Comercios: van a poder abrir sus puertas hasta las 17 y hasta las 19 los de venta de alimentos. O sea que, a diferencia de la semana pasada, los clientes van a poder ingresar a los locales con todas las medidas de cuidado por la pandemia y con el aforo correspondiente. Siguen cerrados los shoppings y centros comerciales.

-Gastronomía: los bares y restaurantes van a poder atender a sus clientes desde las 6 de la mañana y hasta las 19. Fuera de ese horario, van a poder trabajar con delivery o modalidad take away. En este caso, se hace la salvedad que es hasta el viernes 4 de junio, porque le fin de semana del 5 y 6 de junio vuelven las restricciones más duras de Nación y no podrán abrir. 

-Clases: deberán continuar en forma virtual. La diferencia la semana próxima con la anterior es que los y las docentes podrán concurrir a los establecimientos educativos, ya sea para cumplir con otras tareas (sobre todo en escuelas con comedores u otras funciones sociales y barriales) o dar clases virtuales desde la escuela.

Actividades que quedan suspendidas

Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para lso convivientes, y también al aire libre en espacios públicos.

Práctica recreativa de deportes grupales de contacto tanto en espacios cerrados como al aire libre.

Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y establecimientos afines, incluidas las canchas de fútbol 5. 

Locales de eventos o fiestas infantiles, conocidos como peloteros.

Competencias deportivas provinciales, zonales o locales, tantos profesionales como amateurs.

Realización de eventos religiosos, tanto públicos como privados, en espacios cerrados y al aire libre.

-Discotecas, salones de eventos y de fiestas.

-Salas de juego, casinos y bingos.

-Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y juegos infantiles en shoppings, centros comerciales y paseos comerciales. 

-Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y afines, incluidos con funcionamiento al aire libre.

-Actividad de artistas en bares y restaurantes.

-Actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques o paseos. Quedan afuera de la suspensión las ferias francas de comercialización de alimentos.

-Actividad hípica en hipódromos. 

-Asambleas y actos eleccionarios. 

-Pesca deportiva y recreativa. 

-Navegación deportiva o recreativa. 

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