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jueves 9 enero 2025
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El gobierno nacional apeló el fallo que exigía la entrega inmediata de medicamentos a pacientes con enfermedades raras y oncológicas

A pocos días de disolver la Dadse, el gobierno nacional creó la Dinadic, la nueva dirección que teóricamente se ocupará de otorgar medicamentos a los pacientes con enfermedades crónicas y oncológicas que no tengan ni obra social ni prepaga.

Luego de disolver el 30 de diciembre la Dirección de Asistencia Directa por Situaciones Especiales (Dadse), el organismo encargado de entregar medicamentos a pacientes con enfermedades raras y oncológicas, el gobierno nacional creó la Dirección Nacional de Asistencia Directa y Compensatoria (Dinadic) para que asuma las funciones de la disuelta dirección.

Esta decisión se tomó en el marco de la medida cautelar del 30 de diciembre emitida por el juez Marcelo Bruno Dos Santos, del Juzgado en lo Civil y Comercial Federal N° 2, en la cual obligaba a la Dadse a la entrega urgente de los medicamentos que tenían retenidos, so pretexto de estar realizando “auditorías”. Las demoras ocasionadas generaron la muerte de 60 personas durante el año pasado, al verse interrumpidos sus tratamientos.

Lejos de ser una respuesta a los problemas, la creación de la Dinadic los agrava. La apelación al fallo del juez Dos Santos, presentada por el abogado del Ministerio de Salud el día 3 de enero, intenta voltear el fallo de primera instancia a través de dos ejes argumentales.

El primero es que las asociaciones de pacientes no tienen legitimación activa para sostener un amparo. Este argumento es de una crueldad extrema, como buena parte de las acciones de este gobierno. Todos los pacientes que tramitan sus medicamentos en la Dirección tienen la doble vulnerabilidad de ser pobres (no cuentan con ninguna cobertura formal de la seguridad social) y, a la vez, de estar enfermos.

Por lo tanto, los amparos judiciales o los trámites que necesiten de asistencia jurídica se vuelven doblemente gravosos. Es por ello que se organizan en las asociaciones de pacientes, que son las que los representan en este caso. Desconocerlas y obligar al trámite individual es un acto antisanitario de extrema crueldad.

El segundo eje argumental que presentaron es que el Ministerio de Salud de la Nación no es el garante constitucional del derecho a la salud, expresamente contrario a lo que expresan nuestra Constitución y los tratados internacionales. Se autoerige como coordinador operativo y pone en cabeza de las provincias el conjunto de las medidas para garantizar el derecho a la salud.

Esto ya lo viene haciendo en los hechos con la disolución de programas de prevención en salud, con el recorte de las transferencias a las provincias y la intención públicamente manifestada de transferirles todos los establecimientos sanitarios. Así, va a exigir como paso previo a la resolución de un trámite en la ahora Dinadic el rechazo conformado de la jurisdicción provincial, lo que alarga el trámite y provoca una nueva dificultad en el acceso.

Si el gobierno nacional tuviera verdaderamente la voluntad de garantizar el derecho a la salud, en lugar de apelar a la decisión del juez de primera instancia, debería haber cumplido lo que éste le ordenaba: resolver en 10 días los centenares de trámites demorados en la Dadse, ahora a cargo de la Dinadic.

La apelación y los argumentos de la misma, sumado al empeoramiento de los trámites burocráticos, expresan con claridad que este gobierno, a través de su motosierra, busca liquidar derechos, entre ellos el derecho a la salud y la vida de miles de argentinos y argentinas.

Fesprosa reafirma su solidaridad con los pacientes afectados y sus organizaciones y exige el cumplimiento inmediato del fallo judicial del 30 de diciembre del año pasado.

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