El gobierno de Javier Milei limitó el acceso a subsidios de gas a los usuarios que residan en alguna ciudad comprendida dentro de la “zona fría” –como es el caso de Rosario– y que sean titulares de más de un medidor. A entender de la Secretaría de Energía, esto es señal de que los beneficiarios son propietarios de más de un inmueble, por lo que tienen recursos económicos para pagar el 70% de la tarifa plena.
A través de la Resolución 219/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por la secretaria de Energía de la Nación, María Carmen Tettamanti, mediante el Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría se deberá controlar que los usuarios que “detenten la titularidad o registro de más de un medidor solo accedan a los cuadros tarifarios diferenciales generales”. Es decir, sólo se les subsidiará por este concepto un 30% de la tarifa plena.
Cabe destacar que quienes residen en “zonas frías” tienen mayores subsidios al consumo de gas, dado que se entiende que viven en áreas de bajas temperaturas y hacen un uso más intensivo de este combustible. Tal es el caso de los rosarinos, que, gracias a la Ley N° 27.637, gozan de un cuadro tarifario diferencial equivalente al 50% o al 70% –dependiendo de su vulnerabilidad– de los costos plenos calculados por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
La resolución publicada este lunes recordó que el sector energético de Argentina se encuentra en emergencia hasta el próximo 9 de julio, y, en este contexto, la Secretaría de Energía está facultada a “redeterminar la estructura de subsidios vigentes”.
Como la Secretaría de Energía prorrogó hasta el 31 de mayo de este año el período de transición hacia subsidios energéticos focalizados, instruyó a que varias subsecretarías continuaran con las evaluaciones para implementar una mejor focalización de los subsidios. No obstante, la resolución de este lunes señaló: “De tales evaluaciones, realizadas sobre los datos provistos por el Enargas, se identificaron 137.975 Cuit/Cuil de titulares de beneficios registrados en forma repetida, por lo cual con una misma identificación se asignó el beneficio de manera automática para dos o más medidores”.
“La repetición de medidores resulta un indicador de que el beneficiario es titular, posee, u ocupa más de un inmueble, lo que contradice la condición de vulnerabilidad que debe verificarse para acceder a una tarifa diferencial equivalente al 50% del cuadro pleno”, completó el documento.
La normativa también recordó que los descuentos tarifarios por vivir una una “zona fría” se superponen a otros beneficios. “Podría darse el caso –ejemplificó– de que un mismo usuario acumule en su factura el beneficio por Zona Fría, los descuentos correspondientes al Nivel 2 (ingresos bajos) o Nivel 3 (ingresos medios) del régimen de segmentación y la Tarifa Social Federal de Gas”.
“Para una correcta focalización, corresponde instruir a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético para que, a través de la Dirección Nacional que corresponda, en la conformación del Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría, aplique el criterio por el cual los usuarios que detenten la titularidad o registro de más de un medidor solo podrán acceder a tarifas equivalentes al 70% de los cuadros plenos calculados por el Energas, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados de presentar evidencias acerca de su condición de vulnerabilidad”, cerró la resolución.


